Consejo Nacional del Control Fiscal 

Definición

Según Resolución 0050 de 2021, El Consejo Nacional del SINACOF es una instancia consultiva del Contralor General de la República y del Auditor General de la República para dictar las normas generales de armonización de los sistemas de control fiscal del país, para la dirección del SINACOF y la unificación y estandarización de la vigilancia y el control de la gestión fiscal.
 

Objetivo


El objetivo del consejo según resolución 0050 de 2021, El objetivo general del Consejo Nacional del SINACOF es servir como instancia consultiva y propositiva de la dirección del sistema, para la armonización de los sistemas de control fiscal, la unificación y estandarización de la normatividad, métodos y procedimientos; la calidad y cobertura de la vigilancia y el control fiscal a nivel nacional y la formación, capacitación, actualización y entrenamiento del personal que ejerce el control fiscal, permitiendo la optimización de los recursos y la obtención de resultados con valor público.


Estructura:

La Estructura que integra el Consejo Nacional del SINACOF:

  1. El Contralor General de la República o su delegado, quien lo preside.
  2. El Auditor General de la República o su delegado.
  3. Los Contralores Distritales, Departamentales y Municipales, o sus delegados.
Las Funciones generales del consejo según resolución 0050 de 2021, son funciones generales del Consejo Nacional del SINACOF, las estipuladas en el artículo 16 del Decreto 403 de 2020.
1. Servir de instancia consultiva del Contralor General de la República, cuando lo requiera, para dictar las normas generales de armonización de los sistemas de control fiscal del país, para la dirección del SINACOF y la unificación y estandarización de la vigilancia y control de la gestión fiscal.
2. Servir de instancia consultiva del Auditor General de la República en las materias de sus competencias.
3. Proponer la actualización de la normativa en materia de vigilancia y control fiscal y el desarrollo de instrumentos, metodologías, técnicas y prácticas que permitan cumplir la finalidad del control fiscal y promover su transferencia, asimilación y uso.
4. Proponer metodologías unificadas y estandarizadas en el marco de las Normas Internacionales de Auditoría y las Normas Internacionales para Entidades Fiscalizadoras Superiores -ISSAI- y las buenas prácticas de gestión pública.
5. Proponer lineamientos para la unificación y articulación de los criterios y sistemas de rendición de cuenta.
6. Proponer lineamientos para mejorar la calidad y cobertura de la vigilancia y control fiscal.
7. Identificar y promover programas y actividades de formación, capacitación, actualización y entrenamiento del personal que ejerce el control fiscal, en el marco de una estrategia de asistencia técnica, desarrollo profesional, de competencias y habilidades en coordinación con el Centro de Estudios Fiscales de la Contraloría General de la República y las instancias competentes de la Auditoría General de la República.
8. Promover la adaptación de los órganos de control fiscal a las exigencias del entorno, que su labor se apoye en tecnología e innovar en canales de interacción con la ciudadanía y demás actores interesados.
9. Promover la unificación y estandarización en el desarrollo del control social a lo público, en su interacción con el control fiscal; así como definir estrategias de comunicación que fortalezcan el control social y faciliten su ejercicio.
10. Promover la coordinación y las sinergias necesarias con las oficinas de control interno de las entidades públicas, para un efectivo control multinivel de la gestión pública.
11. Gestionar y canalizar recursos financieros, tecnológicos y humanos, con el fin de fortalecer la capacidad del SINACOF.
12. Proponer al Contralor General de la República las reglas generales de funcionamiento del Consejo Nacional del SINACOF.
13. Las demás que se definan en el seno del Consejo Nacional del SINACOF por los órganos que lo conforman.
 

Comités de Apoyo

El Consejo Nacional del SINACOF cuenta con unos Comités de Apoyo según Resolución 0050 del 2021: