Registro deuda publica - Finanzas Públicas
Formatos para la presentación de información de Deuda Pública
La Resolución Orgánica 0001 de 2014, en su artículo 31, establece la obligatoriedad para el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y las demás entidades de los niveles nacional y territorial en sus sectores central y descentralizado, que mantengan compromisos de deuda, de remitir mensualmente a la Contraloría Delegada para Economía y Finanzas Públicas, dentro de los cinco (5) días hábiles del mes inmediatamente siguiente, un informe que contenga debidamente identificados según su fecha de ocurrencia, los saldos y el movimiento de los desembolsos, amortizaciones, intereses y comisiones de la deuda interna y externa y demás operaciones, eventos o atributos contemplados en el formato que para el efecto implemente la Contraloría General de la República (CGR) .
Las entidades obligadas a rendir informes para el registro de la deuda pública deben hacerlo trimestralmente, de acuerdo con los plazos establecidos en la Resolución 0001 de 2014, con la cual la Contraloría Delegada para Economía y Finanzas Públicas produce estadísticas fiscales sobre la deuda pública mensual y anual. La información de operaciones de deuda pública se suministrará en el formato denominado Sistema Estadístico Unificado de Deuda (SEUD), el cual deberá ser enviado por correo electrónico; medio magnético o a través del aplicativo diseñado en la Plataforma SCHIP con la información establecida en el Comité de Estadísticas de la Deuda, de conformidad con sus descripciones e instrucciones de diligenciamiento en él indicadas.
Correos de envío de la información:
cgr@contraloria.gov.co
seud@contraloria.gov.co
Correos de contactos:
gloria.orozco@contraloria.gov.co
luz.cruz@contraloria.gov.co
marcel.malagon@contraloria.gov.co
eduardoe.rodriguez@contraloria.gov.co