Categoría presupuestal CGR

En desarrollo de las atribuciones establecidas en los artículos 264 y 268 de la Constitución Política de Colombia, el Acto Legislativo 04 de 2019, el capítulo III del Título I de la Ley 42 de 1993, los artículos 32, 62, 63 y 64 del Decreto Ley 267 de 2000, las atribuciones conferidas por la Ley 617 de 2000 y la Ley 2056 de 2020, entre otras leyes concordantes, complementarias y que las modifican, se informa que:

1. Categoría Única de Información del Presupuesto Ordinario (CUIPO)

Las entidades obligadas a rendir información presupuestal acorde a lo establecido en el Título II y III de la Resolución No. 0063 de 2023 expedida por la Contraloría General de la República, deben hacerlo a través del Consolidador de Hacienda e Información Pública - CHIP, Categoría Única de Información del Presupuesto Ordinario (CUIPO), con el código institucional asignado en dicha plataforma.

Plazos de rendición:

  1. Entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación. La Contraloría General de la Republica tomara la información presupuestal directamente del Sistema Integrado Financiera – SIIF.
  2. Las entidades descentralizadas del nivel territorial y establecimientos públicos del nivel territorial; empresas industriales y comerciales del estado, sociedades públicas y sociedades de economía mixta con régimen de EICE dedicadas a actividades no financieras; entidades descentralizadas por servicios con participación estatal menor al noventa (90%), entidades descentralizadas por servicios dedicadas a actividades financieras, particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la nación, deberán reportar así:
Trimestre Información Plazo
           Trimestre 1 1 de enero al 30 de marzo 30 de abril
           Trimestre 2 1 de enero 30 de junio 31 de julio
           Trimestre 3 1 de enero 30 de septiembre 31 de octubre
           Trimestre 4 1 de enero al 31 de diciembre 20 de febrero

 

2. Categoría CGR Sistema General de Regalías 

Las entidades que trata la Ley 2056 del 30 de septiembre de 2020, Decreto 1821 de 2020, Decreto 804 y 1142 de 2021 y Decretos 108 y 625 de 2022 obligadas a rendir información presupuestal del Sistema General de Regalías, acorde a lo establecido en el Título III de la Resolución No. 0063 de 2020, deben hacerlo a través del Consolidador de Hacienda e Información Pública - CHIP, categoría SISTEMA GENERAL DE REGALIAS con el código institucional asignado en dicha plataforma, en los formularios de ingresos y gastos con los conceptos de ingresos y objetos de gasto creados dentro del Catálogo Integrado de Clasificación Presupuestal - CICP, de la Contraloría General de la República, en los siguientes plazos:


Plazos de rendición:

Año 1

Trimestre 1 1 de enero del año 1 al 30 de marzo del año 1 30 de abril
Trimestre 2 1 de enero del año 1 al 30 de junio del año 1 31 de julio
Trimestre 3 1 de enero del año 1 al 30 de septiembre del año 1 31 de octubre
Trimestre 4 1 de enero del año 1 al 31 de diciembre del año 1 20 de febrero

 

Año 2

Trimestre 1 1 de enero del año 1 al 30 de marzo del año 2 30 de abril
Trimestre 2 1 de enero del año 1 al 30 de junio del año 2 31 de julio
Trimestre 3 1 de enero del año 1 al 30 de septiembre del año 2 31 de octubre
Trimestre 4 1 de enero del año 1 al 31 de diciembre del año 2 20 de febrero

 

Para las Entidades que registran información de funcionamiento en el Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías-SPGR; La Contraloría General de la Republica tomara la información presupuestal directamente de este Sistema.

Información de apoyo para el reporte

Las ayudas como instructivos y listas de variables para el reporte de información, se encuentran en la página de la plataforma CHIP www.chip.gov.co, opción categorías, información de apoyo CUIPO y SGR.
Cualquier inquietud al respecto será atendida por la Contraloría Delegada para Economía y Finanzas Públicas en la mesa de servicios dispuesta en la página web de la Contraloría General de la República www.contraloria.gov.co en “Reportes Finanzas Públicas” posteriormente “Mesa de Servicios” Ingresando por “Inicio para Usuarios Finanzas Públicas”, o en el link CA Service Desk Manager - Iniciar sesión (contraloria.gov.co). En el PBX: 601 5187000 extensiones 15110, 15115, 15118, 15125, 15126, 15129 o 15139.

En el evento que se presente algún inconveniente técnico en el sistema CHIP, puede consultar la mesa de servicio de la Contaduría General de la Nación al PBX 601 4926400 Ext. 633 de Bogotá.