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Informe No. 01016 - A. Cumplimiento 2022-23 - GRANABASTOS - Diego.jf.LLcm
Informe No. 01016 - A. Cumplimiento 2022-23 - GRANABASTOS - Diego.jf.LLcm.pdf
Versión 1.1 Aprobado- Tipo del documento
- Documento básico
- Extensión
- Tamaño
- 735 KB
- Modificado
- 26/12/24 8:50 por CV GS
- Creado
- 26/12/24 8:44 por CV GS
- Fecha de expiración
- No expira
- Fecha de revisión
- No revisado
- Localización
- Liberados en 2024
- Etiquetas
- auditorias agropecuario 2023
- Descripción
- La Contraloría General de la República, a través de la delegada para el sector agropecuario, desarrolló en el segundo semestre de 2024, la auditoria de cumplimiento a GRANABASTOS S.A con el fin de emitir concepto sobre la gestión fiscal en la administración de los recursos de la entidad vigencia 2022-2023.
Granabastos es una sociedad anónima colombiana, de naturaleza comercial y de economía mixta cuya misión consiste en ser una plataforma comercial, logística y operativa de la Región Caribe, dedicada al fortalecimiento del sector agropecuario por medio de la integración con sus aliados estratégicos, brindando servicios complementarios, basados en la eficiencia, innovación y competitividad.
El estado colombiano a través del Ministerio de Hacienda, Ministerio de Agricultura y otras entidades del orden departamental y municipal posee el 79,66 % de las acciones en tanto que el 20,33% está en manos del sector privado.
Como resultado de la auditoría a la evaluación del control interno, el puntaje final obtenido fue de 1,710, que permitió a la Contraloría General de la República, conceptuar que, para el período auditado, El control interno de la entidad se situó en el rango de “Con Deficiencias” y la calificación total del diseño y efectividad de los controles fue de 1,600, ubicándose en el rango de “Parcialmente Adecuado”, dados los hallazgos de tipo administrativo detectados durante el proceso auditor
El concepto a la gestión emitido por la CGR , sobre la base del trabajo de auditoría efectuado frente al cumplimiento de la gestión fiscal y administrativa de la Central de Abastos del Caribe “Granabastos” vigencias 2022 y 2023, sobre la verificación y análisis de las operaciones financieras, administrativas y económicas, para establecer que se hayan realizado conforme a las normas legales, reglamentarias y estatutarias, consideramos que resulta conforme, en todos los aspectos significativos, fue de Incumplimiento Material – Conclusión (concepto) con reserva, lo cual quiere decir que la gestión de los recursos públicos que administra la entidad resultó conforme, en todos los aspectos significativos, salvo en lo referente a los hechos observados en los hallazgos formulados sobre el proceso financiero contable y el proceso contractual, los cuales fueron comunicados en su oportunidad a la entidad con incidencia administrativa y dos de los cinco hallazgos con posible incidencia disciplinaria. Los hallazgos se resumen de la siguiente manera:
1) Revisado el inventario de activos fijos se encontró que la entidad no tiene debidamente registrado ante la oficina de Instrumentos las edificaciones y demás construcciones contenidas en los terrenos de su propiedad.
2) El inventario de Muebles y Enseres, así como el de Maquinaria y Equipo carece de una serie de información importante y necesaria para una correcta identificación de los mismos tales como: Código de identificación de cada activo, ubicación y estado de los mismos
3) El 22 de septiembre de 2022, la entidad suscribió contrato No. 004-2022 para la “CONSTRUCCION Y MONTAJE, PRUEBAS, PUESTA EN SERVICIO (A TODO COSTO) DE UN PARQUE SOLAR DE 1,2 MWP DE PROPIEDAD DE GRANABASTOS S.A.” por un valor total de $4.349´985.659 y con plazo de ejecución inicial de ocho (8) meses, a partir de la suscripción del acta de inicio la cual se suscribió el 06 de octubre de 2022; sin embargo, han transcurrido más de 24 meses y aún no ha terminado atendiendo suspensiones y prórrogas.
4) Se evidenció en los contratos 002, 005, 007,011 y 012 de 2022, en las órdenes de servicio 6758,6774, 6805, 6877 de 2022, 6914, 6945, 6998, 7054, 7111 de 2023 y en la orden de compra 18813 de 2022 que las actas de liquidación suscritas por los contratistas, se realizaron en formato diseñado por entidad; sin embargo, estas actas no cuentan con la firma del representante legal de la entidad, como lo indica el reglamento interno, si no únicamente están autorizadas con la firma del supervisor designado (...)
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2024-12-09T19:23:20Z
Fanny Trespalacios Bolivar (CGR)
2024-12-09T18:13:36Z
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- Versión 1.1Por CV GS, en 26/12/24 8:50Registro sin cambios
- Versión 1.0Por CV GS, en 26/12/24 8:44Registro sin cambios