Planeación y presupuesto participativo
Al diligenciar el formulario, puede participar de los procesos de planeación de los planes y programas de la Entidad
Planeación y presupuesto participativo
Sobre presupuesto participativo
Según el artículo 89, 90 y 91 de la Ley 1757 de 2015, son los Departamentos, municipios, distritos y localidades quienes están obligados a realizar ejercicios de presupuestación participativa:
"ARTÍCULO 90. DEFINICIÓN. El proceso del presupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil. Para ello, los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos.
ARTÍCULO 91. OBJETO. La ley tiene por objeto establecer disposiciones que aseguren la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los gobiernos regionales, distritales, municipales y de las localidades, así como la fiscalización de la gestión".
Por tanto, la Contraloría General de la República no realiza este tipo de ejercicios, razón por la cual la entidad no está obligada a realizar la publicación de información sobre el porcentaje del presupuesto institucional definido para el proceso de participación, la habilitación de canales virtuales para la interacción con la ciudadanía para la planeación o para el presupuesto participativo, publicación de información sobre las decisiones que se tomaron con la ciudadanía frente a los ejercicios de planeación y presupuesto participativo ni tampoco reportes de avance de las decisiones tomadas con la participación de la ciudadania. Sin embargo, a continuación usted podrá encontrar los documentos correspondientes a la planeacion institucional, con los cuales usted podrá realizar sus aportes digenciando el siguiente vínculo: